jueves, 21 de noviembre de 2013

Os enviamos la respuesta de la abogada a las siguientes preguntas:


1. ¿nos corresponde cobrar la parte proporcional de la paga extra desde Julio al 17 de Noviembre 2013?


2. La empresa al pasar a fijo discontinuo nos tiene que pagar 5 días por año, ¿cuánto nos corresponde por día ?


1.- el convenio establece en el articulo 65 del convenio que generáis las pagas extras con caracter semestral, así como habéis percibido la extra de verano el  15/07/2013, sólo tendrán que liquidaros el 17/11/2013 la de navidad que es la que generáis en el segundo semestre del año.

2.- En cuanto al salario diario a efectos de la indemnización es personal, se calcula, sumando la base de cotización de las últimas 12 nóminas, dividiendolo entre 365 dias y obtenéis el salario diario, si queréis que le calcule, te ruego que me remitáis, las 12 últimas nóminas de los trabajadores que te han preguntado y hacemos el cálculo exacto.


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