martes, 11 de octubre de 2016

ULTIMAS NOTICIAS ANTIGÜEDAD

Nos informan desde la asesoría jurídica que tras hablar con la empresa, le han confirmado que han procedido a ingresar a todos los trabajadores el 25% de las cantidades adeudadas por la antigüedad, tanto aquellas en las que se había llegado a acuerdo como aquellas en las que se seguía haciendo números.

Nos piden desde la asesoría jurídica que cuando tengamos las nominas comprobemos la cantidad que nos han ingresado y nos pongamos en contacto, si no estamos de acuerdo, por uno de los siguientes medios:
- Enviando un correo electrónico a mebr.abogada@gmail.com
- Llamando al teléfono 949219783
- o por sms respondiendo al numero en el que recibisteis los datos.
Un saludo

Situación de de la demanda por la antigüedad

Hacemos un resumen de como se encuentra el estado de las cosas en lo que se refiere a la demanda por la antigüedad:

El cálculo de los trienios que nos adeudan depende de muchos factores, que son distintos para cada persona. Es por esto que personas con la misma antigüedad se les adeuda cantidades dispares:

-Las que presentaron la demanda en 2012 cobrarán los trienios adeudados desde 2011.
-Las que presentaron la demanda más tarde cobrarán lo adeudado desde 2013.
-Los trienios adeudados pueden ser 25,  € o 28, €,
-De los periodos en los que no se ha trabajado no hay deuda.
-La empresa determinó el número de trienios a pagar a cada trabajador mediante criterios dispares.
...y mas factores que pueden afectar de forma particular.
De cualquier modo la fecha de antigüedad debe ser la fecha en la que se empezó a prestar los servicios, independientemente del tipo de contrato con el que se empezó, exceptuando a aquellas personas que comenzaron en régimen agrario ya que trabajaban como autónomos.

Para nosotros hay un factor, a parte del monetario, que creemos que hay que tener presente, tan importante como el dinero y es que esta demanda te fija una antigüedad justa y más ventajosa. Esto significa que aumenta la nómina mensual, nos aporta posibles indemnizaciones más justas, mejora la base de cotización a la hora de la jubilación, entre otras cosas.

Muchos de vosotras habéis recibido un sms  con la cantidad que se os adeuda, a este sms debéis contestar si estáis en acuerdo o en desacuerdo mediante otro sms al numero desde el que os llegó (no es un numero al que se pueda llamar). 

Las que habéis dado el OK cobraréis en la nómina de octubre un 25% de la cantidad que de os adeuda (el resto según el acuerdo), se abonarán los trienios correctos y, como hemos dicho, aparecerá la antigüedad con fecha de inicio de prestación de servicios de cada uno. En todo esto os debéis fijar, en caso de detectar algo distinto poneros en contacto con nosotros.

Otras no habéis recibido ese sms. Pues bien, la razón es la que ya describimos en un email anterior, y es que la empresa ha decidido que los que les queda por llegar a acuerdo no los resuelve, como hasta ahora, en mediación sino que los lleva a juzgado, para que sea un juez el que determine. Esto significa que la persona afectada debe personarse en en juzgado. En esta nueva situación no es recomendable personarse sin abogado, por lo que os mostramos distintas alternativas:

- Los que estén afiliado no tienen problema con esta situación ya que disponéis de los servicios de abogacía. Solo que tendréis que personaros en el juzgado el día que se os cite.

- Los que no estén afiliados pero les estemos llevando la demanda no tendrán que hacer más pagos que los convenidos (30€ de consulta). Consideramos que ningún trabajador que haya solicitado nuestra ayuda deba quedarse en las puertas por que unos desalmados así lo han querido. Quien quiera afiliarse a SATIF que lo haga de corazón por estar acorde a nuestra linea de trabajo y no por ninguna circunstancia obligatoria.
- Cualquier trabajadora puede recurrir a  abogado de oficio para cuestiones laborales.
- Hay seguros de hogar y de decesos que cubren asistencia jurídica laboral (toca mirar el seguro que se tenga)
El cálculo  de las cantidades podemos garantizar que se ha hecho de forma exhaustiva y ya habiendo sido contrastadas con la empresa, estando esta ya de acuerdo con la que se os ha enviado, tratando con esto de agilizar y evitar trastornos. De cualquier forma, si os quedan dudas, podéis poneros en contacto con nuestra abogada llamando al teléfono de su oficina: 949 21 97 83

Muy a nuestro pesar, para las personas que tienen que ir a juicio, significa que la resolución  de este largo proceso se alargará aún más y no sabemos decir cuanto, ya que depende de los juzgados. 

No entendemos como es posible que la empresa nos haga pasar por este  trámite totalmente innecesario  que nos hace perder horas de trabajo y trastornar nuestra vida personal.

Penoso nos parece que la empresa haya decidido tirarse piedras sobre su tejado al no darse cuenta que al hacer que se tenga que ir a juicio pierde jornales, muy preciados para las subvenciones.
Un saludo.