1. ¿nos corresponde cobrar la parte proporcional de la paga extra desde Julio al 17 de Noviembre 2013?
2. La empresa al pasar a fijo discontinuo nos tiene que pagar 5 días por año, ¿cuánto nos corresponde por día ?
1.- el convenio establece en el articulo 65 del convenio que
generáis las pagas extras con caracter semestral, así como habéis
percibido la extra de verano el 15/07/2013, sólo tendrán que liquidaros
el 17/11/2013 la de navidad que es la que generáis en el segundo
semestre del año.
2.- En cuanto al salario diario a efectos de la
indemnización es personal, se calcula, sumando la base de cotización de
las últimas 12 nóminas, dividiendolo entre 365 dias y obtenéis el
salario diario, si queréis que le calcule, te ruego que me remitáis, las
12 últimas nóminas de los trabajadores que te han preguntado y hacemos
el cálculo exacto.
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